SERNAC recuerda los derechos de consumidores ante fallas en viviendas
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Existen plazos de 3, 5 y 10 años, dependiendo del tipo de falla, que deben ser respetados por inmobiliarias y constructoras.
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Los plazos comienzan a regir desde la recepción definitiva de la obra por parte del municipio y desde la inscripción del inmueble en el Conservador de Bienes Raíces.
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Cuando seis o más personas se ven afectadas por fallas en un conjunto habitacional, el SERNAC puede iniciar un juicio colectivo.
Comprar una vivienda es, para muchas personas, uno de los logros más importantes de su vida y, al mismo tiempo, una de sus mayores inversiones. Sin embargo, ese sueño puede convertirse en una verdadera pesadilla si la casa presenta filtraciones, grietas estructurales o problemas eléctricos.
Estas situaciones se vuelven aún más críticas durante temporadas de lluvias o eventos climáticos extremos, como los que ya se han anunciado para diversas regiones del país.
Ante este escenario, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) está reforzando la difusión de los derechos que asisten a los consumidores cuando enfrentan problemas de construcción en sus viviendas.
¿Qué establece la ley?
De acuerdo con la Ley General de Urbanismo y Construcciones, las empresas inmobiliarias y constructoras tienen plazos de responsabilidad que deben respetar frente a defectos en la vivienda:
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10 años: por fallas estructurales que comprometan la seguridad del inmueble.
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5 años: por defectos en elementos constructivos o en instalaciones.
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3 años: por problemas en terminaciones o acabados.
Estos plazos comienzan a contarse desde la recepción definitiva del inmueble por la Dirección de Obras Municipales. En el caso de las fallas de terminación (plazo de 3 años), se consideran desde la inscripción de la vivienda a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces.
¿Qué hacer ante fallas colectivas?
La normativa vigente también contempla la posibilidad de presentar acciones colectivas. Para ello, deben existir al menos seis consumidores afectados por problemas similares dentro de un mismo conjunto habitacional. En estos casos, SERNAC está facultado para iniciar un juicio colectivo, amparado en la Ley de Calidad de la Vivienda.
¿Dónde reclamar?
Las y los consumidores que detecten fallas pueden presentar su reclamo a través de las siguientes vías:
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Línea gratuita: 800 700 100
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Oficinas regionales del SERNAC