Ante la reciente emisión del fallo del máximo tribunal de justicia del país respecto del recurso de amparo económico presentado contra la implementación de un horario diferenciado para la venta de bebidas alcohólicas en el sector de la Península de Cavancha, como Municipalidad de Iquique, deseamos hacer las siguientes declaraciones:
- Apreciamos y respaldamos la resolución de la Corte Suprema, la cual coincide con las conclusiones fundamentales del fallo previo de la Corte de Apelaciones de Iquique del 19 de marzo pasado. Este fallo confirma que nuestra decisión de promulgar la Ordenanza N°598/2024 no incurre en ilegalidades.
- La ratificación por parte de la Corte Suprema valida que el Concejo Municipal de Iquique actuó con los antecedentes adecuados y fundamentos correctos al aprobar esta medida.
- Esta iniciativa surge como respuesta a una sentida demanda de los residentes del sector, quienes durante años han abogado por mejorar su calidad de vida.
- El horario diferenciado implementado busca establecer un equilibrio saludable entre la actividad comercial legítima y la tranquilidad necesaria para el carácter residencial de este barrio de la ciudad.
- En virtud de esta confirmación judicial, reafirmamos la vigencia del horario diferenciado. Nuestra acción se sustenta en el cumplimiento estricto de la ley y en el ejercicio de las facultades que nos confiere.