La institución llamó a visitantes y turistas a informarse antes de ingresar al Parque Nacional Volcán Isluga, la Reserva Nacional Pampa del Tamarugal y el Parque Nacional Salar del Huasco.
La Corporación Nacional Forestal (CONAF) de Tarapacá informó que el uso de drones con fines recreativos o turísticos está prohibido al interior de las áreas protegidas bajo su administración. La institución llamó a quienes visiten el Parque Nacional Volcán Isluga, la Reserva Nacional Pampa del Tamarugal y el Parque Nacional Salar del Huasco a informarse previamente sobre las restricciones vigentes.
CONAF recordó que el ingreso a parques y reservas no autoriza por sí solo el vuelo de aeronaves pilotadas a distancia (RPAS). La Ley N° 21.600, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, establece entre las prohibiciones aplicables al interior de estas unidades el vuelo de drones, considerando las excepciones que contempla la legislación.
El jefe de la sección Conservación de la Diversidad Biológica de CONAF Tarapacá, Jorge Valenzuela, explicó que la presencia, el movimiento y el ruido de estos equipos pueden perturbar a la fauna silvestre, especialmente cuando operan a baja altura, cerca de los animales o en sectores de reproducción, alimentación y descanso.
“Diversos estudios científicos han demostrado que la presencia de drones puede provocar respuestas de alerta, huida o desplazamiento, interrupción de la alimentación y un mayor gasto energético”, señaló Valenzuela. Agregó que, en aves, el acercamiento a nidos o colonias reproductivas puede generar el abandono temporal del sitio y aumentar la exposición de huevos y crías.
El profesional advirtió que la ausencia de una reacción visible no significa necesariamente que no exista perturbación, ya que algunas especies pueden experimentar respuestas fisiológicas de estrés sin manifestar cambios evidentes en su comportamiento.
CONAF precisó que los drones pueden utilizarse en actividades científicas, de monitoreo de biodiversidad, levantamientos técnicos, cartografía o filmaciones profesionales, entre otras labores justificadas, pero estas no quedan autorizadas automáticamente. Cada solicitud debe ser evaluada previamente, considerando el lugar, la fecha, las características del vuelo y sus posibles efectos sobre la fauna y los ecosistemas.
Quienes necesiten utilizar un dron dentro de un área protegida deben solicitar autorización previa a CONAF y esperar su aprobación antes de realizar cualquier operación. Además, deberán cumplir la normativa de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) y otros requisitos que puedan corresponder, especialmente en zonas cercanas a la frontera. El director regional de CONAF, Víctor Quezada, enfatizó que el uso de estas aeronaves debe realizarse de manera planificada, técnicamente justificada y bajo condiciones controladas.



