La Delegación Presidencial Regional de Tarapacá informa que, con motivo de las Fiestas Patrias, será obligatorio izar el Pabellón Nacional el miércoles 18 y jueves 19 de septiembre. Esta obligación está establecida en el artículo 2° de la Ley N° 20.537 y en el artículo 2° del Decreto Supremo N° 1534 de 1967.
El artículo 2° de la Ley N° 20.537 estipula que “la Bandera Nacional podrá usarse o izarse sin autorización previa, siempre y cuando se respete la normativa vigente sobre su uso”. Además, el inciso segundo de dicho artículo señala que “el uso o izamiento será obligatorio en las fechas o efemérides determinadas por el reglamento”.
El izamiento de nuestra Bandera Nacional es un símbolo de la unidad patria. Como lo evocó el poeta Pablo Neruda, “Están así hasta hoy nuestras banderas. El pueblo las bordó con su ternura, cosió los trapos con su sufrimiento. Clavó la estrella con su mano ardiente. Y cortó, de camisa o firmamento, azul para la estrella de la Patria. El rojo, gota a gota, iba naciendo”.
La Delegación Presidencial ha indicado que Carabineros de Chile será responsable de garantizar el cumplimiento de la resolución exenta N° 675, emitida el 9 de septiembre de 2024 por la Delegación Presidencial Regional de Tarapacá.