El Jefe de sucursal de Chileatiende IPS Alfredo Fernandez, nos habla sobre el bono de invierno.
Es un beneficio no postulable de $77.982 que se entrega por una sola vez a quienes tengan 65 años o más (al 1 de mayo de 2024) y cumplan los requisitos.
El monto del bono se paga junto con la pensión correspondiente a mayo de 2024 y no es tributable ni imponible, ni está sujeto a descuentos.
Personas que tengan 65 años o más (al 1 de mayo de 2024), y sean:
- Pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS), Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o de las mutualidades de empleadores, y perciban un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez ($212.406,55 reajustables en septiembre de cada año) para personas de 75 años o más.
- Pensionadas de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), y reciban una Pensión Mínima con Garantía Estatal.
- Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyo monto de la pensión sea inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez ($212.406,55 reajustables en septiembre de cada año) para personas de 75 años o más.
- Beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tengan derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
- Pensionadas de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo la PGU, y cuyo de la pensión sea igual o inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez ($212.406,55 reajustables en septiembre de cada año) para personas de 75 años o más.
- Beneficiarias de la Pensión de Reparación a Víctimas de Prisión Política y Tortura (Ley N° 19123 y artículo 1° de la Ley N° 19.992), Pensión de Viudez de pensionados de reparación fallecidos (artículo séptimo transitorio Ley N° 20.405) y Pensión no Contributiva de Exonerados Políticos (Ley N° 19.234).