La iniciativa parlamentaria propone crear la categoría de “ciclo eléctrico de alta velocidad” para vehículos que superen los 25 km/h o los 0,25 kW de potencia.
Durante el primer semestre de 2026 se registraron 501 accidentes de trayecto protagonizados por scooters eléctricos, cifra que representa un aumento de 36,9% respecto del mismo período del año anterior. El 57,9% de los siniestros ocurrió entre las 07:00 y las 11:59 horas, mientras que ocho de cada diez casos involucraron a trabajadores de entre 18 y 40 años.
Ante estos antecedentes, las diputadas del Partido Republicano Catalina Del Real y Macarena Santelices presentaron un proyecto de ley para actualizar la regulación de estos vehículos. La propuesta crea la categoría de “ciclo eléctrico de alta velocidad”, destinada a equipos capaces de superar los 25 kilómetros por hora o que cuenten con una potencia superior a 0,25 kilowatts.
La iniciativa establece que quienes conduzcan estos vehículos deberán ser mayores de 18 años, contar con licencia de conducir y disponer de un Seguro Obligatorio de Micromovilidad asociado al número de serie del scooter.
El proyecto también contempla obligaciones para importadores y comercializadores, quienes deberán informar de manera visible la potencia y velocidad máxima de cada equipo. La medida busca evitar que vehículos de alta velocidad sean ofrecidos como ciclos eléctricos tradicionales.
En el caso de las plataformas de arriendo, la propuesta exige limitar mediante software la velocidad máxima a 25 kilómetros por hora y mantener seguros de responsabilidad civil para sus usuarios.
Las parlamentarias plantearon que los scooters eléctricos constituyen una alternativa de transporte, pero advirtieron que el aumento de los accidentes hace necesario establecer normas acordes con los riesgos asociados a su uso.



