martes, junio 30, 2026
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COMPIN Nacional capacita sobre Ley SANNA a equipos regionales de Tarapacá

Con el objetivo de actualizar y fortalecer los conocimientos técnicos y operativos asociados a la Ley SANNA, un equipo de COMPIN Nacional llegó hasta la Región de Tarapacá para capacitar a funcionarios y funcionarias de distintas instituciones de salud.

La jornada estuvo dirigida a equipos de la Seremi de Salud de Tarapacá, el Servicio de Salud Tarapacá, el Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique y el Hospital de Alto Hospicio.

En el marco de la capacitación, la jefa de Desarrollo Territorial de COMPIN Nacional, Daniela Vielma, señaló que la instancia busca entregar más herramientas a los equipos regionales y otorgar la certificación correspondiente a quienes participaron del curso de capacitación en línea, realizado de manera voluntaria por funcionarios de los servicios de salud, la Seremi y la COMPIN regional.

Por su parte, la seremi de Salud de Tarapacá, Ximena Muñoz Urbina, destacó la importancia de difundir este beneficio, señalando que la Ley SANNA es un seguro que entrega apoyo a madres, padres y cuidadores que enfrentan un complejo momento de salud de sus hijos e hijas, permitiéndoles ausentarse justificadamente de sus labores sin poner en riesgo su fuente laboral.

La autoridad sanitaria agregó que valoran que esta actividad se haya desarrollado en la región, ya que permitirá que los funcionarios cuenten con mejores herramientas para orientar a la comunidad y difundir adecuadamente este seguro.

La Ley SANNA es un seguro que permite a madres, padres o cuidadores de niños, niñas y adolescentes con enfermedades graves ausentarse de su trabajo por un período determinado, con el objetivo de acompañarlos y entregarles los cuidados necesarios. Durante ese tiempo, el trabajador o trabajadora recibe un subsidio que reemplaza total o parcialmente su remuneración habitual.

Este derecho también puede extenderse a personas que no sean los padres del menor, siempre que tengan su cuidado personal mediante una resolución judicial.

El financiamiento del seguro se realiza a través de una cotización obligatoria equivalente al 0,03% de la remuneración imponible, la cual es pagada por el empleador. En el caso de trabajadores independientes, esta cotización debe ser cubierta por ellos mismos, calculándose sobre su renta imponible.

Entre las enfermedades o condiciones que permiten acceder a este seguro se encuentran el cáncer, trasplante de órgano sólido o de progenitores hematopoyéticos, fase o estado terminal de la vida, accidente grave con riesgo de muerte o secuela funcional severa y permanente, y enfermedad grave que requiera hospitalización en una unidad de cuidados intensivos o de tratamientos intermedios.

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