miércoles, octubre 21, 2026
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Corte Suprema descarta delitos de tortura y condena a dos carabineros por apremios ilegítimos

El máximo tribunal acogió los recursos de nulidad presentados por funcionarios de la 21ª Comisaría de Estación Central y modificó parcialmente la calificación jurídica de los hechos.

La Corte Suprema dictó una sentencia de reemplazo tras acoger los recursos de nulidad presentados por dos carabineros de la 21ª Comisaría de Estación Central, quienes habían sido condenados por delitos de tortura por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.

La Segunda Sala del máximo tribunal modificó la calificación jurídica de los hechos y determinó que las conductas correspondían al delito de apremios ilegítimos. La resolución contó con los votos en contra de dos ministros.

En el caso del subteniente Carlos Leal Aqueveque, la Corte estableció que los hechos acreditados se encuadraban en la figura de apremios ilegítimos. Por ello, fue condenado a cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autor de cinco delitos consumados de apremios ilegítimos en modalidad simple.

La nueva sentencia reemplazó la condena anterior, que contemplaba dos delitos de tortura y tres de apremios ilegítimos. Sin embargo, se mantuvieron las penas de tres años y un día por falsificación de instrumento público y de 61 días de reclusión menor por detención ilegal.

Respecto del cabo segundo Camilo Vásquez Masman, el tribunal impuso una pena de tres años de presidio menor en su grado mínimo por un delito consumado de apremios ilegítimos en modalidad simple. También se mantuvo la condena de 541 días por falsificación de instrumento público.

En la misma causa, los funcionarios Carlos Soto Soto y Carlos Calderón Ortega también fueron condenados por delitos de tortura y apremios ilegítimos, según correspondía a cada caso. La Corte Suprema rechazó los recursos de nulidad presentados por sus respectivas defensas.

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