La entidad financiera fue sancionada por modificar unilateralmente tasas de interés y no entregar información exigida en créditos hipotecarios y procesos de portabilidad financiera.
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la condena contra Banco BICE por infringir la normativa de protección de los consumidores, las reglas sobre información en créditos hipotecarios y el Reglamento de Portabilidad Financiera. La entidad deberá pagar una multa de 1.000 Unidades Tributarias Mensuales, equivalente a más de 72 millones de pesos, a beneficio fiscal.
La denuncia fue presentada por el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) y se originó en hechos ocurridos durante 2019, en la etapa previa a la contratación de créditos hipotecarios. Según los antecedentes, el banco no entregó a todos los consumidores interesados una cotización ni la hoja de resumen vinculante correspondiente.
Además, luego de realizar la evaluación de riesgo comercial y de que el consumidor aceptara la oferta, Banco BICE habría modificado unilateralmente la tasa de interés propuesta durante el proceso de contratación y refinanciamiento de créditos hipotecarios.
En materia de portabilidad financiera, el tribunal estableció que la entidad tampoco cumplió con la obligación de adjuntar a sus ofertas una cotización con las principales características de los productos o servicios ofrecidos, junto con la respectiva hoja de resumen.
El Tercer Juzgado de Policía Local de Santiago determinó que Banco BICE vulneró el derecho de los consumidores a la libre elección, el derecho a recibir información veraz y oportuna, y la obligación de respetar los términos, condiciones y modalidades ofrecidas en la entrega de un servicio.
La empresa apeló la resolución, pero la sentencia fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Posteriormente, Banco BICE presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema, el que fue desestimado al considerar que la resolución impugnada no incurrió en falta o abuso grave.
El SERNAC recordó que las personas consumidoras tienen derecho a recibir toda la información relevante al contratar un producto o servicio. Asimismo, señaló que una modificación unilateral de un contrato podría constituir un incumplimiento de la ley y ser denunciada ante el organismo.



