El local deberá pagar 25 UTM luego de que una pareja denunciara haber sido drogada y sufrir cargos por $1.800.000, además del robo de un celular y las llaves de un vehículo.
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una multa de 25 UTM contra el restaurante Gran Museo Peruano, ubicado en la comuna de Vitacura, luego de que una pareja denunciara haber sido drogada mientras consumía en el establecimiento y posteriormente sufrir una transacción no autorizada por $1.800.000.
Los hechos ocurrieron en junio de 2021. De acuerdo con los antecedentes del caso, las víctimas asistieron al local junto a un matrimonio de amigos. Tras consumir un pisco sour, uno de los afectados aseguró que comenzó a experimentar visión borrosa y luego perdió la consciencia, recordando solo algunos momentos ocurridos dentro del restaurante y en sus inmediaciones.
Al día siguiente, la pareja constató que se había realizado un cargo millonario en una de sus tarjetas de crédito. También advirtieron la desaparición de un teléfono celular y las llaves de un vehículo. Además, se habría intentado retirar dinero desde una cuenta corriente, operación que no pudo concretarse debido a la falta de la tarjeta de coordenadas.
Los afectados sostuvieron que fueron drogados, mientras que desde el restaurante se habría atribuido lo ocurrido a un eventual exceso de alcohol. Entre los antecedentes considerados estuvo el registro de uso del teléfono en una vivienda cercana al local, inmueble que era propiedad del mismo dueño del establecimiento. Según el relato del denunciante, el propietario señaló que el celular había sido recuperado tras ser sustraído por un garzón.
El Primer Juzgado de Policía Local de Vitacura determinó que el restaurante infringió la normativa de protección de los derechos de los consumidores, al no cumplir con su responsabilidad de expender alcohol de manera segura y resguardar las pertenencias de sus clientes. La sanción fue fijada en 25 UTM, equivalentes a cerca de $1.803.775.
La parte querellada apeló el fallo, pero el tribunal de alzada desestimó el recurso y mantuvo la responsabilidad infraccional establecida en primera instancia.



